Le solicita la colaboración a la Fiscalía 15° del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, a los fines que una vez que reciba las presentes actuaciones, haga del conocimiento de la Fiscalía Superior y se abra una nueva investigación por los hechos mencionados, por el ciudadano Dr. ALENADRO MANUEL BLANCO VILLANUEVA, en su escrito inserto a los folios 118 al 126, de las presentes actuaciones. 2°) Se acuerda la remisión del presente Cuaderno de Incidencia a la referida Fiscalía, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en dicha decisión y 3°) Acuerda dejar SIN EFECTO, la celebración de la Audiencia Oral, a que contrae el artículo 28, ordinal 4, literal F, del Código Orgánico Procesal Penal, solicitada por los ciudadanos HECTOR BLANCO FOMBONA y BLADIMIR ALVAREZ GONZALEZ, en virtud del pronunciamiento anteriormente emitido.