declara:
a) APROBADO Y HOMOLOGADO, el desistimiento realizado por la ciudadana DINORAH INES CALZADILLA RIERA, venezolana, mayor de edad, cedulado bajo el Nº V- 7.858.154, en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada formal más no material. ASÍ SE DECLARA.
b) SUSPENDIDAS las medidas preventivas decretadas por este Tribunal, en fecha 17 de Marzo de 2006, las cuales recayeron sobre el CINCUENTA POR CIENTO (50 %) sobre el sueldo, utilidades o aguinaldos, vacaciones o bonificación de cualquier tipo, prestaciones sociales, que incluyen fideicomiso, y demás conceptos que le puedan corresponder al ciudadano JAIRO ANTONIO LEAL GUTIERREZ, cedulado bajo el Nro. 7.861.028, como trabajador de la empresa Shell de Venezuela, c.a.; y ejecutadas en fecha 23 de Marzo de 2006, por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
c) Oficiar a la EMPRESA SHELL D.....