(...) Respecto del medio de Experticia informática, debemos señalar lo siguiente; la experticia Judicial es el medio probatorio por el cual se comprueba, verifica con claridad, precisión y con el auxilio de personas con conocimientos especiales, (científicos, técnicos o artísticos), sobre puntos de hechos controvertidos y que no sean aportados mediante otros medios de prueba, en tal sentido ya hemos admitido la prueba de informes que busca satisfacer la necesidad probatoria del promovente respecto de los mensajes de datos, por lo que, este medio se vuelve repetitivo, creándose una especie de impertinencia practica en tal sentido el Juzgado Primero Superior del Trabajo de este Circuito Judicial en fallo dictado en fecha cinco (05) de marzo de 2007, en el asunto N° AP21-R-2007-000118, en los siguientes términos:
"(...) esta Alzada observa que, ciertamente conforme a lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se establece que a los fines de la inadmisibi.....