Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley declara CON LUGAR la cuestión previa de falta de competencia en razón del territorio interpuesta por el abogado Alberto José Freites Deffit; en consecuencia remítase el presente expediente al Juzgados Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en la presente incidencia.