Conforme con los argumentos precedentes, este Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE LA APELACIÓN INTERPUESTA por la representación judicial de la parte demandante ciudadana YLENY DEL CARMEN DURAN MORILLO. En consecuencia, se ordena remitir el presente asunto, al Juzgado Superior Distribuidor con competencia en materia Contencioso Administrativo del Área Metropolitana de Caracas.