En atención a lo expresado ut supra, luego de una revisión efectuada a las actas que conforman el presente expediente, se constata que el recurso de casación es anunciado contra la decisión de fecha 8 de abril de 2014 proferida por esta Superioridad, declarando sin lugar el recurso de hecho ejercido contra el auto que inadmitio el recurso de apelación de sentencia definitiva dictada en el juicio por divorcio contencioso impetrado por el ciudadano Cándido Lesmes Pérez Contreras contra la ciudadana Mirian Eugenia Soto Martínez.
Todo lo cual conlleva a establecer que en el sub examine se cumple con el precitado requisito, en consecuencia, este Juzgado Superior ADMITE el recurso de casación anunciado en fecha 30 de abril de 2014 por la abogada JOAN CAROLINA GONZÁLEZ RIVERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 141.575, actuando en su condición de apoderada judicial de la ciudadana MIRIAN EUGENIA SOTO MARTINEZ contra la decisión dictada en fecha 8 de abril de 2014 por este Tribunal. Remí.....