VI
DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho explanados, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de juicio No. 3, de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, constituido con Escabinos, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONDENA al acusado XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, identificado en el encabezado de la presente decisión, a cumplir sanción de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD Y UN (01) AÑO DE LIBERTAD ASISTIDA, al haber sido considerado CULPABLE de los hechos que se debatieron en el juicio, por la Fiscal 112º, Abg. JOSEFINA MOGNA SALAZAR, Representante del Ministerio Público, y que la Juez Profesional califica como, ROBO AGRAVADO, ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR Y EXTORSIÓN, previsto en los artículos 5, 6 ordinales 1°, 2°, 3° y 10° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos y 459 del Código Penal. Y una vez transcurrido el lapso legal establecido en el artíc.....