Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara Homologada la presente transacción, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que, por COBRO DE BOLIVARES, que intento el ciudadano JESUS HERIBERTO GUERRA RODRIGUEZ en contra de la Sociedad Mercantil SEGUROS MERCANTIL, C. A., ambas partes suficientemente identificadas en el texto del presente fallo.
Por la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los cinco (05) días del mes de junio del año dos mil siete (2007). Años: 197º de la Independencia y 148º de la Federación.
EL JUEZ,
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