Este Tribunal oye la apelación formulada en un solo efecto, de acuerdo a lo establecido en el artículo 291 del Código de Procedimiento Civil.
Ahora bien, a los fines de librar las copias certificadas para remitir la apelación, la parte deberá indicar con precisión los folios correspondientes. Es todo.-
EL JUEZ
MARCOS DE ARMAS ARQUETA
ELSECRETARIO
LUIS FELIPE DUGARTE
MDAA/lfd/adg.-
Expediente Nº 2010-000387