también se deja constancia que la parte demandada, la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio Del Poder Popular Para El Ambiente y De Los Recursos Naturales. Ente liquidador de (FUNDASEO); antiguo Instituto de Aseo Urbano del Área Metropolitana de Caracas, no hizo acto de presencia. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154 ° y 203 °.
El Juez
El Secretario
Abg. Beatriz Pinto
Abg.Antonio Boccia