En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta en fecha veintiuno (21) de marzo de 2013, por el abogado JOSE VILAR, apoderado judicial de la parte actora LINEA NAVIERA CMA CGM, y los armadores de la M/N CMA CGM JASPER, representadas por la sociedad mercantil TRANSPORTADORA GENERAL VENEZOLANA, C.A., en contra de la sentencia de fecha veintiuno (21) de marzo de 2013.
SEGUNDO: Se confirma la sentencia de fecha veintiuno (21) de marzo de 2013, dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora LINEA NAVIERA CMA CGM Y LOS ARMADORES DE LA M/N CMA CGM JASPER REPRESENTADAS por la sociedad mercantil .....