DISPOSITIVA
Por las motivaciones precedentes, este JUZGADO DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO formulada por la ciudadana ANA MARIA CIARLO DE PINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.767.296.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos ANA MARIA CIARLO DE PINO y LUIS ARFILIO PINO MARCANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 2.767.296 y V- 4.937.706, respectivamente, en fecha 05 de diciembre de 1986 por ante el Registro Civil de la Parroquia Leo.....