Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la empresa PEPSI COLA DE VENEZUELA, C.A., (anteriormente denominada Sociedad Productora de Refrescos y Sabores, SOPRESA, S.A.), contra la decisión dictada en fecha 30 de mayo 2012, por el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la empresa Pepsi-Cola de Venezuela, C.A., contra la Providencia Administrativa No. 00208-2011, emanada de la inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 20 de octubre de 2011, por cuya virtud el referido órgano impuso.....