PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente contra el auto de negativa de solicitud de fecha (23) de julio de dos mil quince (2015), emanada del Juzgado Primero (1°) de Juicio Primera del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, SEGUNDO: Se confirma la sentencia de instancia. TERCERO: Se condena en costas a la parte recurrente, conforme a lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.Así se establece.-