A través de SENTENCIA DEFINITIVA declaró CON LUGAR el divorcio entre los ciudadanos MICHAEL MEDINA APONTE e ISABEL GONZALEZ CABEZA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.809.166 y V-10.699.666, respectivamente. En consecuencia, se declaró DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 29 de agosto de 1990, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario, Municipio Baruta del Estado Miranda, acta Nº 544, del libro de Matrimonios del Registro Civil respectivo. Se ordenó librar oficio a la Oficina del Registro Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario, Municipio Baruta del Estado Miranda, al Registro Principal del Estado Miranda y a la Oficina Regional del Consejo Nacional Electoral del Estado Miranda, anexándoles copias certificadas de la presente sentencia y del auto de ejecución de la misma.