D E C I S I O N:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR, la presente demanda de Rectificación de Acta de Nacimiento, intentada por el ciudadano JOSE JAVIER PEREZ OSTA, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-11.081.080, hábil de este domicilio, a través de su apoderado judicial abogado en ejercicio Hernaldo Jesús Laguna González, inscrito en el Inpreabogado N° 224.792, insertada en los libros de registro de nacimiento llevados por la Prefectura del Distrito Araure, estado Portuguesa, bajo el N° 2509, de fecha 15 de diciembre de 1969, se ordena la corrección del Acta de Nacimiento del ciudadano: JOSE JAVIER PEREZ OSTA. Que el nombre correcto de su madre es "PETRA J.....