"...En mérito de las consideraciones precedentes, este TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de Privación de Patria Potestad incoada por la ciudadana YUVILMA JOSEFINA HERRERA BRITO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-9.961.042, a favor de su hija, la niña "...cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente...", de tres (03) años de edad y en contra del ciudadano NELSON LUIS COURT HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V.9.486.174. de conformidad con el literal "c" del artículo 352 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolesce.....