Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada COLUMBA DE JESUS ZERPA, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 17 de septiembre de 2013, emanada del Juzgado Décimo Sexto (16°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se Revoca el fallo apelado, y se ordena al Juez del Tribunal A-quo, decida respecto a la consecuencia jurídica, derivado de la inasistencia de los demandados a la audiencia preliminar, y sus efectos subsiguientes. TERCERO: No hay condenatoria en costas conforme a lo previsto en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.....