DISPOSITIVO
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer de la solicitud de rectificación de acta de matrimonio solicitada por la ciudadana SORANGEL ROSA ELENA MOLINA DÍAZ, al Juzgado Vigésimo Séptimo de Municipio Ordinario y ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Remítase el presente expediente en la oportunidad que corresponda a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de San Antonio del Táchira de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Y envíese copia certificada de la presente decisión al Juzgado Vigésimo Sép.....