DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: El DECAIMIENTO DEL OBJETO de la presente acción de amparo constitucional, interpuesta por el ciudadano RAFAEL MARÍA CARDOZO VILORIA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-11.197.783, en contra del Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: La PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL por haberse cumplido con la pretensión objeto de la acción de amparo constitucional y, en consecuencia, TERMINADO el procedimiento.