Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre la República y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, del presente recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los abogados NESTOR LUIS ALVAREZ MARTÍNES y MIGUEL ÁNGEL DOMINGUEZ FRANCHI, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 43.363 y 98.541, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil Constructora Nacional de Válvulas C.A (CNV), inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 5 de enero de 1970, bajo el Nº 36 del Tomo 100-A, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda