DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, obrando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por virtud de la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la pretensión de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO interpuesta por las ciudadanas: TIRSA GUILLERMINA SEGURA IBARRA y ELISA SEGURA PADUA, contra el ciudadano AQUILES HERNANDEZ RAVAGO, todos identificados en la parte inicial del fallo.
SEGUNDO: En consecuencia, se ordena a la parte demandada, que entregue a la parte actora, el inmueble distinguido con el número 60, ubicado en el piso 7 del Edificio Residencias Maristas, situado en el Callejón Maristas con Avenida Francisco de Miranda, Jurisdicción del Municipio Chacao del Estado Miranda.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada en virtud de haber sido totalmente vencida en este proceso, ello de conformidad con.....