este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: la inepta acumulación de pretensiones y en consecuencia inadmisible la demanda de nulidad interpuesta por los ciudadanos Agustín Rodríguez, Jean Molina, Pedro Serrano y Julio Alberto Farias Rojas, en su carácter de miembros del Comité Ejecutivo de la Federación de Trabajadores de las Telecomunicaciones (FETRATEL); los ciudadanos José Antonio Chacón Ferrer, María De Jesús Graterol y Lourdes Gouirand Carrasquel, en su carácter de jubilados de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (C.A.N.T.V.), del Presidente, Secretaria de Actas y Correspondencia, y, Segunda Vocal de la Junta Directiva de la Asociación de Jubilados, Pensionados y Sobrevivientes de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela, A.C. (AJUPTEL-CARACAS); de los ciu.....