Se dictó decisión mediante la cual se declaró definitivamente firme la sentencia dictada en fecha diecisiete (17) de diciembre de dos mil trece (2013), en virtud que ninguna de las partes ejerció los recursos pertinentes, Asimismo, definitivamente firme como ha quedado la homologación respectiva, este Tribunal declaró: ANULADO el contrato de compra-venta de Acciones de la Compañía CONSTRUCCIONES Y REMODELACIONES SIANMAR, C.A, celebrado por los ciudadanos ANDRES HERMOLEO MARQUEZ DELGADO, JOSE ALEJANDRO IZAGUIRRE ARAUJO y PEDRO MANUEL ROJAS OBREGON, autenticado ante la Notaría Pública Séptima del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 25 de marzo de 2011, bajo el número 18, tomo 33 de los libros de Autenticaciones llevados en esa Notaría. Y se ordenó Remitir copia certificada de la decisión de fecha 17 de diciembre de 2013, así como de la presente decisión, a los fines de que el ciudadano Notario Público y el Registrador Mercantil estampen la correspondiente nota marginal.