Por las razones expuestas, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión de fecha 14 de octubre de 2014, dictada por el Juzgado Vigésimos Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio incoado por la ciudadana Elsa Margarita Castejon contra la Sociedad Mercantil Per Sempre Bella, C.A., en consecuencia se confirma la decisión in comento.