Así las cosas este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano GIOVANNI JOSÉ PIMENTEL AZUAJE, titular de la cedula de identidad N° V-15.160.678, de los cargos formulados por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, por el delito de HURTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 1º e la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano FERNANDO GARCIA JAUREGUI, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia Cesan todas las medidas cautelares que pesan sobre el ciudadano GIOVANNI JOSÉ PIMENTEL AZUAJE. Se deja constancia que las partes prescinden de la lectura íntegra del acta. Concluyó el acto siendo las dos y cuarenta y cinco horas de la tarde (2:45 pm). Se da por conc.....