Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE, el presente recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por la ciudadana Angélica Márquez de Díaz, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 2.985.917, representada por el abogado William Eduardo Pérez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 23.843, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 002554, de fecha 01 de septiembre de 2005, suscrito por el Alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, notificado a la accionante en fecha 27-09-2005, mediante oficio Nº 9056, de fecha 15 de septiembre de 2005; mediante las cuales se acuerda y notifica respectivamente, a la querellante, habérsele concedido el beneficio de jubilación a partir del 01 de septiembre de 2005; así como también contra la Resolución Nº 006409, del 11 de.....