Así mismo, ambas partes reconocen y manifiestan, no adeudarse monto alguno por concepto de honorarios profesionales de abogados, generados por las actuaciones del demandante, ni por la presente transacción, por cuanto cada parte asumirá los gastos por concepto de Honorarios, ni por concepto de costas, en que hayan podido incurrir, ya que las mismas no se generaron visto el carácter del presente acuerdo, con ocasión al presente Juicio. Igualmente, ambas partes reconocen y manifiestan no adeudarse nada más por ningún otro concepto y se otorgan un finiquito definitivo. Por consiguiente pedimos al Tribunal, proceda a HOMOLOGAR el presente acuerdo y a ordenar el archivo y cierre del Expediente, una vez que conste en autos, la consignación del Cheque librado a la orden del trabajador, el cual se entregará en la fecha correspondiente ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo. El Tribunal visto los términos de la Transacción celebrada por la.....