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En lo atinente a las Documentales, consignadas como anexos a su escrito de pruebas la mismas cursan a los folios cincuenta y nueva (59) al ochenta y nueve (89), el Tribunal las admite en cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, procédase a su control y evacuación en la Audiencia de Juicio correspondiente. ASÍ SE ESTABLECE. (...)