Por las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de incompetencia por el territorio y AFIRMA SU COMPETENCIA para conocer del presente asunto interpuesto por el ciudadano JORGE LUIS FERNANDEZ contra la sociedad mercantil DROGUERIA NENA C.A., por prestaciones sociales.