En consecuencia por todas las razones supra- este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas actuando como Tribunal Constitucional declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana MARLENE VIVAS, contra la EMPRESA INMOBILIARIA PARAQUE CENTRAL. ASI SE ESTABLECE DE FORMA EXPRESA.-