En mérito las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el presente recurso contencioso administrativo funcionarial incoado por el ciudadano Siano Ecker Thaylor Yulian, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.221.411, representado judicialmente por la profesional del derecho Alcira Gálvez Sandoval, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 136.729, contra la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Gobierno del Distrito Capital.
En consecuencia, se ordena:
PRIMERO: se ordena el pago del sueldo únicamente a partir del 01 de junio de 2011, fecha en que se ordenó el retiro, hasta el 19 de septiembre de 2011, data en que fenecía la protección del fuero paternal tal como se estableció en la motiva.