Con fuerza en los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Vigésimo Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en consecuencia, la extinción del proceso que por ACCION MERO DECLARATIVA intentaron los ciudadanos MARISELA VERA DE ANGULO, GONZALO ALEJANDRO ANGULO VERA y PATRICCIA VANESSA ANGULO VERA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-3.950.529, V-13.681.300 y V-17.062.040, respectivamente; representados a través de sus apoderados judiciales, ciudadanos CARLOS QUINTÍN RAMÍREZ TREJO, CARLOS RAMÍREZ LÓPEZ, CARLOS ERNESTO RAMÍREZ TREJO y GABRIEL ACHE ACHE, Abogados en ejercicio, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-11.957592, V-2.824.594, V-14.690.873 y.....