De conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO intentara SOCIEDAD MERCANTIL S.A DE INVERSIONES ESCAR GUZMAN `SANIVES´, contra del ciudadano SOCIEDAD DE COMERCIO INDSIGN INDUSTRIAL & GRAPHIC DE VENEZUELA, C.A., ya identificados al inicio de este fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 40 literal A de la Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliarios para el Uso Comercial en consecuencia se condena a la parte demandado:
PRIMERO: Se ordena el Desalojo del Local Comercial Letra y Numero C-1 ubicado en la segunda planta del edificio denominado `ESCAR´ situado en la Urbanización la Trinidad, Calle Bolívar, Intersección con la Avenida Sucre, Parcelas 25 y 26 del Municipio Baruta del estado Mira.....