Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado NELSON OSIO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia de fecha veintinueve (29) de Noviembre de 2010 dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSE ANTONIO ROSAL, contra las empresas URBANIZADORA NUEVA CASARAPA C.A, DESARROLLOS URBANOS EL ALAMBIQUE y CORPORACIÓN SILRO, C.A. Se condena a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos determinados en la parte motiva del fallo;TERCERO: Se confirma el fallo recurrido, con distinta motivación. C.....