Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, en contra de la decisión de fecha 22 de febrero de2008, por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, todo en el juicio incoado por María Mercedes Nouel Paul en contra de la empresa Diageo de Venezuela, c.a. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por María Nouel Paul en contra de la empresa Diageo de Venezuela, c.a., en consecuencia, se condena a esta última al pago de los conceptos y cantidades indicados en la parte motiva del presente fallo. TERCERO: Se modifica el fallo apelado. Por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas del presente recurs.....