VI.-
Dispositivo.
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas,, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Parcialmente con lugar la demanda por cobro de diferencias de prestaciones sociales incoada por la ciudadana María Fernanda Alzuru Duran contra Fondo Venezolano de Reconversión Industrial y Tecnología (FONDOIN), partes suficientemente identificadas a los autos, por lo que se ordena a esta última a cancelar Bsf. 1.458,33, correspondiente a la fracción del bono único descontada en la liquidación de prestaciones sociales cancelada por la empresa a favor de la actora. Asimismo, se condena a la demandada a cancelar los intereses moratorios e indexación, para su cuantificación se ordena la practica de una experticia complementaria de conformidad con lo establecido.....