Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente demanda que por incumplimiento de contrato interpusieran conjuntamente con medida preventiva de embargo los abogados Alejandro Escarrá Gil, Luís Alejandro Portto Leyzeaga, Aquiles José Cuellar Sandoval y Zurima Alicia Hernández, actuando como apoderados judiciales de la Fundación Caracas (FUNDACARACAS), contra las Empresas "INGENIERÍA MA, C.A." e "HISPANA DE SEGUROS, C.A.", en consecuencia declina su conocimiento en las Cortes Contencioso Administrativo para que aquélla a quien corresponda según su sistema de distribución conozca de la mencionada causa.