En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el divorcio solicitado por los ciudadanos Fanny Marilyn Hernández Aguirre y Willian Alexander Rengifo Manrique, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 3 de marzo del 2006, ante el Registro Civil Municipal del Municipio Sucre del estado Miranda, del Libro de Registro Civil correspondiente al año 2006.
Ofíciese lo conducente al Registro Civil Municipal del Municipio Sucre del estado Miranda, al Registrador Principal del estado Miranda, y al Consejo Nacional Electoral, a los fines legales consiguientes.
Liquídese la Comunidad Conyugal.