la Sala 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le está conferida en la Ley, emite la siguiente decisión: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la Abogada en ejercicio CAROLINA MANUITT, quien actúa en nombre y representación del encausado ORLANDO AMILCAR ALCIDES APARICIO, ejercido en contra de la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado vigésimo segundo (22º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 11/02/2.008, puesto que su alegato principal, de erróneo cálculo de la pena, se ha evidenciado como cierto y dado que se corresponde con el supuesto de hecho previsto en el Artículo 452 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, no por la gravedad de los delitos como se denunciara, sino por la falta de aplicación de lo establecido .....