Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil FARMATODO, C.A., propietaria del establecimiento comercial, "CENTRO DE DISTRIBUCIÓN DE FARMATODO, C.A. (CENDIS)".contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Certificación de Enfermedad Agravada por el Trabajo No. 0504-12 de fecha 18 de agosto de 2012, suscrita por el ciudadano Dr. Raniero E. Silva F., C.I. 9.114.418 en su condición de Médico Ocupacional II adscrito a la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda "Delegado de Prevención Jesús Bravo" del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral y que fuera notificada a la empresa en fecha 24 de abril de 2013, mediante e.....