PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 20 de Diciembre del 2.005, por la abogado DIANORA DÍAZ CHACÍN., en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada en fecha 14 de Octubre del año 2.005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 14 de Octubre del 2.005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y en consecuencia se condena al demandado, ciudadano FRANK NELSON CANOZO, a pagar a la parte actora, ciudadano JUAN ANTONIO GÓMEZ TOVAR, las siguientes cantidades de dinero:
Primero: La cantidad de CUARENTA Y SIETE MILLONES DE BOLÍVARES EXÁCTOS (Bs. 47.000.000,00), monto líquido al cual asciende el instrumento cambiario objeto de la presente demanda.
Segundo: El derecho de comisión.....