PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue el ciudadano RAFAEL DE GREGORIO en contra de los ciudadanos JOVANKA RIVERO y SAMUELE JOSE CAPOZZOLI MARRAZZO, ambas partes identificadas en autos.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a entregar a la parte actora libre de bienes y personas el inmueble que se identifica a continuación: Quinta Belin, situada en la Av. Principal de la urbanización Horizonte del Municipio Sucre del Estado Miranda.
TERCERO: Se condena a los demandados a pagar como indemnización de daños y perjuicios la suma de setecientos mil bolívares (Bs.700.000,oo) por cada mes de ocupación del inmueble desde junio de 2006 fecha del vencimiento de la prórroga legal, hasta la entrega definitiva del inmueble.
CUARTO: Se condena a los demandados al pago de las costas procesales, por haber sido vencidos en la litis, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese copia cert.....