Se declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada con base al artículo 185-A del Código Civil, por los ciudadanos, BENJAMÍN HIRSCH AXELRAD, y YAHEL BENZAQUEN BITTAN, ambos venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.945.807 y V-13.309.820 respectivamente, y en consecuencia, queda DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre los precitados ciudadanos, el cual fue contraído en fecha 23 de Mayo del año 2002, como se evidencia del Acta de Matrimonio N°47, por ante el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracass , y así se declara.