En mérito de las razones expuestas precedentemente, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de funcionarial ejercido por el ciudadano Grikzo José Valera Hernández, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.693.075, asistido por la abogada Josefina del Valle Zurita Aguilera, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matrícula Nº 20.410, contra la República Bolivariana de Venezuela, por órgano de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM); en consecuencia:
PRIMERO: Se ORDENA el pago de las prestaciones sociales debidas al hoy querellante, calculadas desde la fecha de su ingreso al servicio del ente querellado, es decir, desde 03 de septiembre de 2007, hasta la fecha en la cual fue aceptada su renuncia al cargo ejercido, en fecha 22 de agosto de 2011.
SEGUNDO: Se.....