DISPOSITIVO:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por beneficio de jubilación y otros derechos laborales incoada por la ciudadana YOLET DOLORES ILLAS MORALES en contra de la empresa COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV) y solidariamente contra la empresa TELECOMUNICACIONES MOVILNET C.A. SEGUNDO: Se exonera de costas a la parte actora de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República de la presente decisión.