Visto el escrito transaccional presentado en fecha 03 de agosto de 2007, por la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES ARAGORT, titular de la cédula de identidad N° V-6.825.205 debidamente asistido por el abogado JUAN OCHOA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.672, y por la otra parte la abogada LILIANA CASTILLO, Inscrito en Inpreabogado bajo el N° 65.013, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, mediante el cual solicitan la homologación del mismo por la cantidad de SEIS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTICINCO BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 6.746.125,00) por concepto de prestaciones sociales; en tal sentido y por cuanto no han sido vulnerados los derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 03 de la Ley Orgánica del Trabajo. Asimismo se ordena el cierre y archivo del presente ex.....