DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA por el ciudadano LUIS ERNESTO OJEDA BAUTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.870.302, contra la empresa LD TELCOM COMUNICACIONES C. A, registrada en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 01 de junio de 1.999, bajo el Nº 83, tomo 313, A-Qto POR COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES demandada en el libelo, condenándose a la parte demandada a pagar a la parte actora como diferencia de prestaciones sociales el monto total de CINCUENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA BOLÌVARES CON TREINTA Y OCHO CÈNTIMOS ( Bs. 53.293.980,38), según lo determinado en la parte motiva de la sentencia de fecha 20 de julio de 2007 y la ampliación de la motiva expresada con anterioridad en el presente fallo aclaratorio que corresponde a la diferencia de antigüedad de 10 días demandada que suman Bs. 7.813.425,70 mas la cantidad de Bs......