SEGUNDO: Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO presentado por la parte actora en el juicio que por EJECUCIÓN DE PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO DE EJECUCIÓN sigue el FONDO DE GARANTÍA DE DEPÒSITOS Y PROTECCIÓN BANCARIA (FOGADE), contra el ciudadano MARCOS ELIECER GARCÍA JASPE, en el expediente N° 93-1669, de la nomenclatura particular de este Juzgado, y así se decide.
Asimismo, se ordena suspender la medida de secuestro dictada en fecha 28 de septiembre de 1993. Cúmplase lo ordenado.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas a los seis (6) días del mes de agosto de dos mil siete (2007). Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
LA JUE.....