Se declaró: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Pretensión de Cobro de Bolívares por Contribuciones de Condominio intentado por la sociedad de comercio Administradora Onnis S.R.L., contra el ciudadano JOSE ANTONIO CHAPMAN. SEGUNDO: SE CONDENÓ a la parte demandada a pagarle a la actora la suma de ciento treinta y siete mil ciento ochenta y seis bolívares con 10/100 céntimos (Bs. 137.186,10), por concepto de deuda de condominio de los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2000, por el apartamento N° 133 del edificio Residencias Víctor Hugo, ubicado en la esquina Calle Sorbona con avenida Leonardo Da Vinci, Colinas de Bello Monte, Caracas. TERCERO: SIN LUGAR la Reconvención intentada por la parte demandada reconviniente contra la actora reconvenida.